Nueva ley orgánica de amparo a la libertad y seguridad personal

En Gaceta Oficial 6651 del 22 de septiembre de 2021 fue publicada la Ley Orgánica de amparo a la libertad y seguridad personal, que viene a modificar las disposiciones
en materia de habeas corpus de la Ley Orgánica de amparo y garantías
constitucionales de 1987.


Tal norma trata solo lo referente a amparo sobre libertad y seguridad personal exclusivamente, es decir, solo al llamado habeas corpus. Luego, amparos contra la
Administración Pública, o por eventuales violaciones de derechos constitucionales (como el derecho a la propiedad) no entrarían dentro del ámbito de aplicación de
esta nueva Ley.


Una de las novedades que trae esta normativa es la creación de tribunales especializados en materia de amparo constitucional sobre la libertad y seguridad
personal, que en teoría vendrían a conformar la jurisdicción constitucional, conjuntamente con la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.


Dichos tribunales funcionarán en cada circunscripción judicial, mientras que las Cortes de Apelaciones con competencia en materia penal conocerán en segunda instancia de la consulta obligatoria de sentencias que denieguen la pretensión de
amparo constitucional. y las apelaciones.


La norma establece, que los tribunales penales existentes podrían tramitar cualquier
petición de amparo en aquellas entidades donde no haya juzgados especializados, y donde los haya, debe acudirse a los Tribunales especializados.


Otro elemento llamativo de esta nueva Ley Orgánica es que reconoce la legitimación de organizaciones de derechos humanos para presentar acciones de amparo en nombre de la víctima.

   La información contenida en esta publicación no persigue suministrar asesoría legal. Los lectores no deben actuar sobre la base de esta información, sin obtener previamente asesoría legal estratégica y personalizada.

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