El Código Civil venezolano establece que los contratos deben ser interpretados de buena fe.
El principio de la buena fe es el típico concepto jurídico indeterminado, de modo que su determinación se adapta flexiblemente a las circunstancias de tiempo y lugar. Esto significa que el principio de buena fe, al igual que otros conceptos determinados como las “buenas costumbres” o la “equidad”, Es difícil de reducir en fórmulas abstractas, pero es inmediatamente captable en la situación concreta.
La buena fe, como lealtad, se refiere a un comportamiento leal, honesto y probo en el marco de la relación o negocio jurídico; es decir, a la manera en que las partes deben comportarse en el cumplimiento de sus derechos y obligaciones.
Desde este punto de vista, la buena fe constituye un estándar o modelo de conducta que reclama ciertos comportamientos objetivos a las partes contratantes. el contenido de ese estándar es indeterminado y abstracto, pero se integra con las costumbres y la moral estableciendo un deber de cooperación en las relaciones jurídicas.
En este sentido, el principio fija un límite al ejercicio de los derechos, imponiendo un comportamiento proporcionado, respetuoso de la otra persona y de la conveniencia, realizando los actos con buena conducta y dignidad.. es decir que consiste en un respeto mutuo entre las personas en el ejercicio de todo derecho, donde cada uno debe guardar fidelidad a la palabra y no defraudar la confianza -base de toda relación humana-de la otra, ni abusar de ella.
Por otra parte, la buena fe como apariencia, se refiere a que las partes deben confiar en las situaciones tal y como se presentan, lo que remite a una valoración subjetiva del comportamiento de la persona (su intención, su estado psicológico, su íntima convicción) en una determinada situación. en concreto, la buena fe permite validar la creencia de un sujeto que en principio no sería admisible si se le juzgara para la pauta de comportamiento común que se exige para garantizar un negocio jurídico. de este modo, permite fundamentar la no recognoscibilidad de situación de la otra parte de la relación, o excusar su error al respecto.
De manera tal, con la buena fe puede admitirse que una persona efectivamente creía que la otra tenía un derecho determinado, o que no lo tenía, al momento de celebrar un acto jurídico. un ejemplo claro lo podemos ver en las transmisiones de dominio, por ejemplo el derecho de propiedad sobre una cosa, de una persona a la otra, cuando el adquirente confío en la apariencia de la situación jurídica que se le presentaba al momento de realizar dicho acto. este podía creer fielmente que quien le vendía o donaba la cosa era efectivamente el dueño.
Desde esta perspectiva, se habla de una buena fe objetiva una fe subjetiva. la primera se vincula con ese comportamiento leal, probo, correcto, honesto cómo debe actuarse en las relaciones jurídicas o la observancia de la fe que alguien debe a otro. Mientras que la segunda faceta apunta a la protección de una creencia o certeza razonable, es decir, cuando se confía en la titularidad de un derecho o interés propio o cuando se confía en la titularidad de un derecho o interés ajeno.
Según nuestra legislación civil, todas las relaciones contractuales deben basarse en la buena fe, y la mala fe demostrarse. Mientras la legislación de derecho público, los procedimientos y trámites administrativos también deben basarse en este mismo principio, confiando que los documentos que entregue el ciudadano a la administración son correctos, el gran resumen es que es la mala fe la que debe demostrarse.
En fin, tenemos entonces que las relaciones jurídicas implican el principio de buena fe como método de interpretación, análisis y resolución de conflictos.
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