Inducción o ayuda al suicidio

Hubo una época en historia de la humanidad en la cual el suicidio se consideraba un delito sobre todo por la influencia de la religión en la formación del derecho.

En el derecho medieval el suicidio estaba incluido entre los delitos más atroces, se consideraba que atentaba contra el orden religioso y político, se aplicaban penas como arrestar al cadáver y quemarlo, no darle sepultura según los mandatos religiosos y confiscar los bienes del fallecido.

Con el paso de los años el suicidio dejó se considerarse un crimen por razones de orden humanitario, por ejemplo, si una persona sobrevive a un intento de quitarse la vida carece de sentido aplicarle una sanción que pueda causar mayor aflicción a quien no tiene deseos de vivir.

En nuestra legislación vigente existe un tipo penal muy relacionado con el suicidio el cual sanciona la conducta de inducción y ayuda para que una persona se quite la vida.

Este delito se encuentra tipificado en nuestro Código Penal venezolano en el artículo 412: «El que hubiere inducido a algún individuo a que se suicide, o con tal fin lo haya ayudado, será castigado, si el suicidio se consuma, con presidio de siete a diez años.»

Para que la sanción sea aplicable debe haberse consumado el suicidio y el autor del delito debe haber realizado la acción de inducir o de ayudar al suicida.

Inducir significa persuadir o determinar a alguien específico a que se quite la vida, lo determinante para que exista inducción es que la decisión no estuviere tomada antes de la persuasión que esa persona sea quien le convence definitivamente de hacerlo. Es necesario que quien se quite la vida esté convencido por quien lo induce y realice voluntariamente el acto o los actos necesarios, de lo contrario, sería un homicidio.

Ayudar a alguien a suicidarse es prestarle asistencia bien sea física, por ejemplo, suministrándole algún instrumento idóneo para hacerlo, un arma o sustancia, o asistencia moral con instrucciones o consejos de cómo proceder para lograrlo.

Puede darse el caso de que una persona que esté sufriendo mucho, bien sea dolor físico o emocional, nos pida ayuda para acabar con su vida, pero como ya vimos, prestarle ayuda para lograrlo está penado por la ley incluso en los casos de personas con enfermedades terminales. Este último tipo de asistencia se denomina eutanasia y ha sido muy debatido si se debe permitir o no realizar la asistencia al suicidio en esos casos. Actualmente siete países son los que permiten la eutanasia, estos son: España, Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Colombia, Canadá y Nueva Zelanda.

En caso de que nos encontremos en alguna circunstancia donde una persona nos pide ayuda para terminar con su vida o nos habla de su intención de suicidarse, lo más recomendable es buscar apoyo psicológico lo más inmediato posible y por supuesto no colaborar con ella para el logro de sus fines ya que se estaría incurriendo en la comisión de un delito sin importar si existe o no mucho dolor o sufrimiento que lo justifique.

    La información contenida en esta publicación no persigue suministrar asesoría legal. Los lectores no deben actuar sobre la base de esta información, sin obtener previamente asesoría legal estratégica y personalizada.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *